La Junta General, es el órgano supremo de gobierno de la Cofradía. Se compone por todos los cofrades, reunidos en Capítulos Ordinarios o Extraordinarios, donde los hermanos numerarios (a partir de 18 años) además de derecho de asistencia, tienen derecho a voto.
La Junta General, se reúne en Capitulo Ordinario dos veces al año, y en Capitulo Extraordinario cuando así lo acuerde la Junta Directiva o cuando lo solicitan al menos 25 Hermanos Numerarios.
En general, es derecho de este órgano, conocer el desenvolvimiento espiritual y material de la Cofradía, pudiendo a tal fin solicitar de la Junta Directiva toda clase de datos y acordar cuantas actuaciones en tal sentido estime oportunas. Entre las competencias atribuidas que establecen los estatutos, está el nombrar, o en su caso destituir, a los miembros de la Junta Directiva, conocer y aprobar la gestión de la Junta Directiva, decidir en cuantos asuntos sean sometidos por la Junta Directiva, aprobar la memoria anual de las actividades realizadas, examinar y aprobar el estado de cuentas del ejercicio económico y el presupuesto, así como fijar las cuotas ordinarias y extraordinarias. |